El objeto testamentario en el derecho civil argentino

El Código Civil Argentino,redactado ha mas de un siglo por el doctor Dalmacio Vélez Sarsfield, y demás está el decirlo, es la columna vertebral de nuestra legislación civil, se ha visto, en el transcurso de su vigencia, modificado, alterado, sustituido, ampliado y derogado parcialmente mediante leye...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Goyena Copello, Héctor Roberto
Otros Autores: Molinario, Alberto Domingo
Formato: Tesis
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: 1972
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/1639
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Descripción
Sumario:El Código Civil Argentino,redactado ha mas de un siglo por el doctor Dalmacio Vélez Sarsfield, y demás está el decirlo, es la columna vertebral de nuestra legislación civil, se ha visto, en el transcurso de su vigencia, modificado, alterado, sustituido, ampliado y derogado parcialmente mediante leyes de diferente índole. La materia testamentaria originalmente regulada íntegramente por el Código Civil, hoy presenta algunos aspectos nuevos incorporados por leyes posteriores, así como reformas parciales de sus efectos, etc. En consecuencia, y al centrar el presente estudio en el testamento a fin de analizar su objeto, hemos preferido utilizar la adecuación del tema como referido al derecho civil argentino; como no podía ser de otro modo, para dar cabida a todas las leyes que de una u otra manera han incidido en él. Por medio del presente estudio, pretendemos delimitar clara y concretamente los objetos que puede contener un testamento conforme a nuestras leyes civiles, partiendo como es lógico, de nuestra ley máxima, el Código Civil de Vélez Sarsfield. En consecuencia, y teniendo como meta dicho fin, hemos de poner de resalto que el ámbito que pudiera surgir de la definición del Código Civil en su artículo 3607 para el testamento, es insuficiente, a la luz del propio código y las leyes de reforma debiéndose adecuar, norma tan importante, a la justa dimensión de su contenido dado.